La campaña de la Renta 2024 ha comenzado, y con ella vuelven a suscitar las dudas más comunes. El plazo finaliza el mes de junio (30 de junio de 2025), pero conviene ir resolviendo todas las cuestiones problemáticas para evitar confusiones.
En este artículo nos hemos propuesto darte a conocer toda la información sobre los empleados de hogar y la Declaración del IRPF.
Plazos de presentación
De acuerdo con la Agencia Tributaria, el plazo para esta convocatoria se abrió el pasado 3 de abril. La conclusión se efectuará el 30 de junio, por lo que debes efectuar el trámite antes de ese día, con independencia de tu situación. Por suerte, tienes ayuda de asesores y gestores fiscales que pueden colaborar contigo.
La solicitud se puede presentar de manera telemática o ante la propia institución. Recuerda que, después de la pandemia, la situación cambió y ahora es obligatorio pedir cita previa. Encontrarás dos opciones: una para procedimientos generales y otra para emitir tu Declaración con la ayuda de un responsable en Hacienda.
Declaración de la Renta y empleados de hogar
Esta siempre ha sido una cuestión confusa, dado que los empleados del hogar no están obligados a practicar retenciones en su nómina. Por tanto, ¿de qué sirve presentar un balance anual si no se ha hecho ninguna? En cualquier caso, habría que atender a las directrices generales para todo tipo de trabajadores.
No estan obligados apresentar la declaracion de la renta:
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Han trabajado solo para un pagador (un empleador) y han ganado menos de 22.000 € brutos al año.
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Han tenido varios empleadores, pero el total ganado no supera los 15.000 € y la suma del segundo pagador y siguientes no supera los 1.500 €.
Por norma general, están obligados quienes cumplan con una de estas circunstancias durante el año en cuestión (es decir, durante 2024 para la campaña actual):
- Haber recibido ingresos superiores a 22 000 euros de un solo pagador.
- Contar con dos pagadores y haber recibido más de 15.000 euros en ingresos.
- Si quieren acceder a devoluciones (por ejemplo, del IRPF retenido de más, deducciones por maternidad, etc.)
Cabe derribar un mito común, dado que se suele creer que el hecho de tener dos pagadores obliga automáticamente a presentar la declaración. La respuesta es que en ningún caso es así, dado que se mantiene en cuenta el límite de ingresos que hemos detallado.
Igualmente, la suma de ingresos recibidos del segundo empleador tiene que superar la cifra de 15.000 euros anuales.
Soy Empleado de hogar ¿Qué debo tener en cuenta en la declaración de la renta)
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Un empleador de hogar no esta obligado a retener IRPF en la nomina y por lo tanto no se realiza ingresos a cuenta. Pero si se supera el umbral si debe realzarse la declaración de la renta.
- Si se cotiza en la Seguridad Social pero esto no afecta en la declaración.
- Un empleado de hogar puede tener derecho a deducciones: Alquiler, maternidad o deducciones autonómicas específicas.
Como empleador, ¿puedo desgravarme a un empleado de hogar contratado?
En caso de que hayas contratado a un empleado del hogar, tienes la opción de recibir ciertas exenciones fiscales.
Lo importante es que las revises con un asesor o en la sede de Hacienda, de modo que no pierdas la oportunidad de solicitar ninguna. Igualmente, es importante fijarse en cada punto para evitar una mala interpretación y que te apliquen un recargo.
Lo primero que debes hacer es declarar el gasto que te supone incorporar a este profesional en tu hogar. Esta tributación nunca se revisará en negativo (dicho de otro modo, no te supondrá un coste extra si te sale a pagar). En caso de que te salga a devolver, tampoco te restará dinero al que tengas derecho.
Hay comunidades autónomas que te permiten desgravarte la contratación de un empleado del hogar. Como no son todas, resulta prioritario que consultes cuál es la situación en la tuya. Habrás de tener en cuenta la correspondiente a tu residencia y no donde tienes personal doméstico (es decir, no importa si es en segundas residencias).
Consejo
Aunque no estés obligada/o, puedes hacer el borrador en la web de la Agencia Tributaria para comprobar si te sale a pagar o a devolver. A veces puede merecer la pena presentarla.



